Apostasía

¿EN QUE CONSISTE LA APOSTASÍA?

Apostatar es renunciar a la fe en la que uno ha sido adoctrinado (en este caso, la católica). Actualmente, la apostasía puede ser exigida como un derecho por cualquier persona, ya que hace parte integral del derecho a la libertad de conciencia y a la libertad de culto. En este sentido, adquiere una mayor relevancia sobre todo en aquellos casos en que la adscripción se produjo siendo menor de edad  y por lo tanto sin el consentimiento de la persona, ya que la decisión de pertenecer a ese credo particular no fue consciente ni autónoma.

El trámite mediante el cual se apostata formalmente  tiene como finalidad borrar los datos de  quien solicita la apostasía de todos los registros religiosos, y así ya no ser contado nunca más como miembro de esa comunidad. Se aplica en particular a la cancelación de los datos recogidos en los registros de bautismos, debido a que es el sacramento que determina la adhesión de las personas a la Iglesia Católica. Para fines prácticos, la apostasía  puede consistir simplemente  en añadir una nota en el margen del libro de bautismos, que indique la condición de apóstata.

¿POR QUÉ RAZÓN APOSTATAR?

La razón fundamental para apostatar es mantener la coherencia con lo que piensas y lo que eres, ya que si no estás de acuerdo con los dogmas y lineamientos de la iglesia católica (seas ateo o no)  lo lógico es no seguir apoyando a esta entidad de ninguna manera.

Piensa esto: cualquier institución con una gran representatividad tiene más fácil el acceso a altos niveles de decisión y un mayor poder de negociación (no es lo mismo sentarse a negociar cuando lo haces en representación de un 10% de un colectivo, que si lo haces de un 90% del mismo o vas única y exclusivamente para abogar por ti mismo);  por lo que con tu pasiva participación, estás engrosando sus listas  y apoyando cada una de las ideas y declaraciones que esta hace sobre temas como la sexualidad (condición de la mujer, homosexualidad, métodos anticonceptivos, aborto, educación sexual en escuelas  y colegios  etc.) la eutanasia, derechos de las minorías, entre otros.

¿QUIÉN PUEDE POSTATAR?

Toda persona que por decisión propia desee desvincularse de la iglesia católica. Sin embargo, debes tener en cuenta que si eres menor de edad debes tener una autorización  de tus padres.

 

¿QUÉ SE REQUIERE PARA APOSTATAR?

El trámite de la apostasía requiere tres (3) documentos:

  1. Una carta solicitando la apostasía.  Carta de Apostasía (2)
  2. Fotocopia del documento de  identidad ( tarjeta de identidad, cédula de ciudadanía)
  3. Fotocopia de la partida de bautismo.

Todo esto debe ser entregado en la diócesis o arquidiócesis  de la ciudad donde fuiste bautizado.

Es recomendable que lleves una copia de los documentos para  tener constancia del recibido.

¿CÓMO PUEDO SABER DONDE/CUANDO FUI BAUTIZADO?

Puedes preguntarles  a familiares o amigos de la familia. También puedes consultar en las parroquias del barrio o donde tus padres asistían a misa.

¿QUÉ CONSECUENCIAS TIENE APOSTATAR?

Una vez has sido borrado de los registros de la iglesias católica no podrás recibir otros sacramentos como por ejemplo el matrimonio católico, no podrás servir como padrino/madrina de bautismo o de matrimonio.

 

 

¿PUEDO HACER LA APOSTASÍA SI RECIBÍ LOS SACRAMENTOS DE  LA COMUNIÓN, CONFIRMACIÓN O ME CASÉ POR IGLESIA?

Si, el proceso es el mismo. Lo que te hace miembro de la iglesia es el bautismo, por lo tanto si renuncias a este, también a la institución en sí misma.

10 comentarios en “Apostasía

  1. muy buenas tardes quisiera saber como hago para saber donde puedo conseguir la partida de bautizo de mi madre que se quiere casar y no la conseguimos ella es de jesus maria santander y que se acuerda que la bautizaron en sucre santander pero dicen que no aparece bautizada aya ella nació el 27 de junio de 1949 pero en la cédula dice el 27 de julio 1949 y se llama clelia sofia rueda martinez

    1. Saludos Diana, nuestra intención es que se eliminen los registros de la iglesia, la respuesta sería comunicarse con las capilla de sucre santander, si no esta en los registros felicitaciones no tienen que hacer la apostasía XD

  2. Vengan… por que es necesario toda esa carrera en la carta? o ese es tan solo un ejemplo?

    1. Es tan solo un modelo, cada quién la puede adaptar de acuerdo a sus necesidades

  3. Hola. Una pregunta específica.
    En este blog mencionan que el trámite debe ser en la Diócesis o en la Arquidiócesis. No obstante, en otros documentos insisten en que debe ser en la Arquidiócesis. ¿Me pueden confirmar que efectivamente es suficiente realizarlo en la Diócesis (me tocará desplazarme a otra ciudad, de tener que ser en el caso contrario).
    Mil gracias por la valiosa información: No veo la hora de apostatar

    Ivan

  4. Hola, si uno ya es Padrino la Apostatar no podrá llevarse acabo?

    1. La apostasía es un derecho individual

  5. Buenas tardes,

    En caso de que uno se arrepienta de apostatar (caso que no crea que sea el mío), uno podría revocar la apostasía? Uno podría volver a recibir los sacramentos?

    Muchas gracias por la información de antemano

    1. En algunas cartas de respuesta a la apostasía que han hecho varias personas que nos han contactado, la iglesia responde que «tiene los brazos abiertos» para cuando quieran volver. Pero no puedo asegurar que cumplan esto.

  6. Gracias por esto

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